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Toque de queda en Cartagena de Indias

Recordemos que ante el imparable crecimiento del COVID-19 en La Heroica, las autoridades nacionales y locales han tenido que tomar drásticas medidas para intentar contener este coronavirus y proteger el mayor número de vidas posibles. Como parte de esta estrategia, a partir del viernes 20 de marzo a las 6:00 p.m. inicia un toque de queda en Cartagena que se extenderá hasta el martes a las 11:59 p.m., hora en que inicia el periodo de confinamiento obligatorio en toda Colombia y que se extenderá hasta el 13 de abril. Es crucial que acatemos la medida y procuremos permanecer alejados de las calles, pues es la única manera de minimizar el daño inminente de esta pandemia. Medidas de prevención contra el coronavirus en Cartagena.

* Mediante un nuevo decreto, el presidente Iván Duque prolongó hasta mediados de julio el aislamiento preventivo obligatorio en Colombia que terminará a las cero horas del 16 de julio. Esta medida comenzó a regir el 25 de marzo, inicialmente por dos semanas, pero ha sido renovada por el presidente varias veces con el fin de contener el coronavirus. En Cartagena de Indias, a partir del 1 de julio el "pico y cédula" se amplia para que las personas puedan salir entre las 6:00 a.m. y las 6:00 p.m. El decreto cuenta con 43 excepciones entre las que se encuentran la asistencia y prestación de servicios de salud, adquisición y pago de bienes de primera necesidad, el desplazamiento para servicios bancarios y servicios notariales, asistencia y cuidado a niños, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado, entre otros. Por su parte, se anunció la reanudación de los vuelos internacionales para el 1 de septiembre. Los vuelos nacionales y transporte intermunicipal esperan su turno. Adultos mayores de 70 años seguirán en aislamiento preventivo obligatorio hasta el 31 de agosto.

Todo lo que debe saber sobre el toque de queda en Cartagena y otras medidas

El alcalde William Dau Chamatt, expidió este viernes el Decreto 0517 del 20 de marzo de 2020, que realiza algunas modificaciones al toque de queda en Cartagena, instaurado para evitar la propagación del coronavirus. Esto con el fin de garantizar la seguridad, la atención en salud a las emergencias y el abastecimiento de productos para el bienestar de la población, principalmente durante los fines de semana y festivos que la medida rige las 24 horas del día. Es de resaltar que la medida estará vigente hasta las 11:59 de la noche del próximo martes 24 de marzo, hora en que inicia el periodo de aislamiento social obligatorio en toda Colombia. plaza de la aduana, imagen para ilustrar nota de toque de queda en Cartagena Personas autorizadas para circular durante el toque de queda en Cartagena
  • Presidente y vicepresidente de la República, ministros, viceministros y demás funcionarios de entidades del orden nacional en cumplimiento de sus funciones.
  • Funcionarios de la Alcaldía de Cartagena y la Gobernación de Bolívar, expresamente autorizados por las autoridades correspondientes.
  • Servidores públicos y contratistas estatales en el cumplimiento de actividades relacionadas con la declaratoria de calamidad pública, emergencia económica y recolección de datos.
  • Trabajadores y operarios que prestan sus servicios en turnos de trabajo, debidamente acreditados con sus respectivos carnets o documentos.
  • Vehículos o rutas destinados al transporte de trabajadores y operarios de empresas que realizan operación 24/7.
  • Miembros de la Fuerza Pública, organismos de seguridad del Estado, Ministerio Público, Defensa Civil, Cruz Roja, Defensoría del Pueblo, Cuerpo Oficial de Bomberos, Rama Judicial, organismos de socorro, Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria, Fiscalía General de la Nación y funcionarios de aduana, debidamente acreditados e identificados.
  • Personal de vigilancia privada, celaduría, porteros y cuidadores de las instituciones educativas oficiales, debidamente acreditados.
  • Vehículos de emergencia médica y aquellos destinados a la atención domiciliaria de pacientes, siempre y cuando cuenten con plena identificación de la institución prestadora de servicios a la cual pertenecen.
  • Personal sanitario (médicos, enfermeros, personal administrativo de clínicas y hospitales), ambulancias, vehículos de atención prehospitalaria y la distribución de medicamentos a domicilio, servicios funerarios, debidamente identificados. Cuidadores de personas enfermas, con discapacidad y adultos mayores quienes deberán contar con documento de identificación y certificación de su empleador en el que se indique nombre de éste, dirección y teléfono.
  • Vehículos y personal de las empresas de gases medicinales, debidamente acreditados.
  • Servidores públicos y personal cuyas funciones o actividades estén relacionadas con la preservación del orden público, organismos de emergencia y socorro del orden nacional, departamental o distrital y similares y toda persona que de manera prioritaria requiera atención de un servicio de salud.
  • Periodistas y demás integrantes de los medios de comunicación en ejercicio de sus labores.
  • Personal operativo y administrativo portuario, marítimo, aeroportuario y de las terminales de transporte terrestre y viajeros que tengan tiquetes de salida programados en horas aproximadas y durante el periodo de toque de queda, debidamente acreditados con el documento respectivo, tales como pasabordos físicos o electrónicos, tiquetes, etc.
  • Establecimientos comerciales, como minoristas de alimentación, de bebidas, de productos de bienes de primera necesidad. El personal trabajador de estos lugares deberán estar debidamente acreditados e identificados.
  • Prestadores de servicios de operación, mantenimiento y atención de emergencias de servicios públicos, quienes deberán tener sus vehículos y personal debidamente identificados.
  • Vehículos de servicio público individual debidamente identificados podrán movilizar personas desde y hacia terminales, clínicas, hospitales y empresas con trabajo nocturno. Una vez terminada sus labores deberán dirigirse a sus viviendas.
  • Servicio de transporte masivo y transporte público colectivo, quienes podrán circular y movilizar personas exclusivamente con la ocupación de sus sillas.
  • Vehículos de transporte de carga y modalidad especial y vehículos transporte de combustible, de valores, de alimentos, agua potable, bebidas no alcohólicas, bienes perecederos, productos de aseo, suministros médicos.
  • Vehículos particulares en caso de urgencias.
Esta excepción estará vigente los días sábados, domingos y festivos desde las 6 de la mañana hasta las 4 de la tarde. calle del centro, imagen para ilustrar nota de toque de queda en Cartagena

Se puede abastecer durante el toque de queda en Cartagena

  • Plazas de mercado de la ciudad podrán estar abiertas desde la 1 de la mañana hasta las 2 de la tarde.
  • Funcionarán establecimientos y locales de productos farmacéuticos, médicos, ortopédicos y medicina para mascotas. El personal trabajador de estos lugares debe estar debidamente acreditado e identificado.
  • Domicilios habilitados. Establecimientos y locales gastronómicos podrán ofrecer sus servicios y productos únicamente mediante plataforma de comercio electrónico o entrega a domicilios. Los restaurantes ubicados dentro de hoteles podrán prestar su servicio a los huéspedes.
  • Dinero disponible. Actividades de cajeros electrónicos, de carga de exportación y actividad logística estarán disponibles.
  • No se vare. Estaciones de servicio de gasolina, abastecimiento y distribución de combustibles seguirán operando. Sus empleados deberán estar debidamente acreditados e identificados.

Lo que puede hacer durante el toque de queda en Cartagena

Si usted no está incluido dentro de estas exenciones, debe tener claro que el nuevo decreto estipula que durante los sábados, domingos y festivos, una persona de cada familia, con excepción de niños, niñas y adolescentes, podrá salir a la realización de actividades de abastecimiento como las siguientes:
  • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Asistencias a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Sacar en su entorno más inmediato a mascotas o animales de compañía por un lapso máximo de 20 minutos.
En el decreto también se instauraron otras medidas para prevenir y controlar la propagación del COVID-19. Estas son:
  • Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio, a partir de las 18:00 horas del día jueves 19 de marzo de 2020, hasta las 06:00 horas del día sábado 30 de mayo de 2020. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.
  • Se ordena el toque de queda en Cartagena de niños, niñas y adolescentes, a partir de la expedición del presente decreto y hasta el 20 de abril de 2020.
  • Se restringe, a partir del viernes 20 de marzo y hasta el próximo 31 de mayo de 2020, la circulación de personas mayores de 70 años, quienes deberán permanecer en sus hogares, salvo para abastecerse de bienes de consumo y de primera necesidad, utilizar servicios de salud, adquirir medicamentos y acceder a servicios financieros.
  • Se ordena la cuarentena para los edificios y viviendas en donde se encuentren alojados y/o residan personas que hayan sido diagnosticadas con coronavirus.
  • Se restringe la movilidad en el Centro Histórico del Distrito de Cartagena para el turismo. Exceptúa de esta medida a los servicios de hotelería, restaurantes y comercio de droguerías, farmacias y supermercados que funcionan en este lugar de la ciudad.
  • Los turistas extranjeros y nacionales que se encuentren en la ciudad deben entrar a cuarentena de 14 días, por lo cual los hoteles, hostales y demás lugares donde se encuentren deberán acatar la medida y reportar los nombres y la identidad de los mismos a la Dirección Administrativa y de Salud del Distrito (Dadis), quien se encargará de efectuar la verificación y monitoreo sobre su cumplimiento.
Ya perdimos una batalla importante que era la contención. La guerra contra el COVID-19 en Colombia y Cartagena apenas comienza, por lo que es muy importante entender que la victoria solo se conseguirá con un esfuerzo colectivo y responsable. Aprendamos de esta crisis y evitemos que se repita.
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