El alcalde de Cartagena, Wiliam Dau Chamatt, emitió el Decreto 1473 que establece el aislamiento selectivo y el distanciamiento responsable en la ciudad desde las 00:00 horas del 1 de diciembre hasta las 00:00 del 16 de diciembre. En el documento, el mandatario decretó restricciones como el toque de queda y la ley seca sectorizada, así como otras medidas para controlar el COVID-19.
Cartagena, ¿qué hacer durante fin de año?
Las restricciones del aislamiento selectivo
- Las actividades de la industria hotelera en la zona insular de Cartagena que no se encuentren autorizadas en el plan piloto de reapertura de islas.
- El desembarque en la zona insular de naves de cualquier calado o especificación, destinadas a actividades turísticas, recreativas o deportivas, con excepción de los hoteles que se encuentran autorizados en el plan piloto.
- La permanencia en las playas y el ingreso de bañistas al mar, permitiéndose exclusivamente el uso de playas como espacio de tránsito peatonal, con excepción de los cinco balnearios bioseguros (Playa Azul La Boquilla y los cuatro bloques en Bocagrande: playa Hollywood, El Bonny, frente al Nao y frente al Hotel Cartagena Plaza).
- La atención presencial al público para los locales y actividades comerciales tendrá como horario el dispuesto entre las 06:00 hasta las 24:00 horas. El desarrollo de las actividades permitidas está condicionado al cumplimiento de las siguientes condiciones:
* El personal deberá estar debidamente identificado, acreditado y con el registro por parte de su empleador en la página adaptayreactiva.cartagena.gov.co
* Los comercios o establecimientos deberán efectuar el registro previo en la página web dispuesta por la alcaldía de Cartagena; atender la normatividad vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo, incluidos los protocolos de bioseguridad aplicables a la actividad y contar con los medios y logísticas necesarios para evitar aglomeraciones y garantizar el distanciamiento físico en las filas dentro y fuera del establecimiento, manteniendo la distancia de dos (2) metros entre cada persona.
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Barrios y horarios donde se aplicarán las restricciones de toque de queda y ley seca
- El decreto estableció como zonas de cuidado especial los barrios Blas de Lezo, San Fernando, Manga, El Pozón, Los Alpes, Olaya Herrera, Ternera, Las Gaviotas, Nuevo Bosque, Zaragocilla y El Campestre, donde regirá el toque de queda y ley seca así:
- Está restringida la circulación de personas en las zonas identificadas como de cuidado especial, en el horario comprendido entre las 9:00 p.m. hasta las 5:00 a.m.
- Está restringida la atención presencial al público para los locales y actividades comerciales, desde las 8:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. Se exceptúa la venta y adquisición de bienes y servicios esenciales, los cuales se podrán adquirir a través de servicios domiciliarios y plataformas durante las 24 horas.
- Queda prohibido el expendio y consumo de bebidas alcohólicas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio, en el horario comprendido entre las 8:00 p.m. y las 6:00 a.m.
- Es de precisar que se exceptúan de las anteriores restricciones los casos de fuerza mayor y caso fortuito.
Medidas de bioseguridad
Aunque en muchos sectores y lugares de Cartagena la ciudadanía ha bajado la guardia con las medidas de autocuidado, la Alcaldía, en el nuevo decreto, dejó en firme el uso obligatorio de tapabocas cubriendo boca y nariz, el distanciamiento social en espacios públicos y establecimientos de comercio.
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Controles y sanciones para hacer cumplir las restricciones
- La administración Dau reiteró que la violación e inobservancia de las medidas adoptadas mediante el presente decreto darán lugar a sanciones penales o multas.
- Los organismos de seguridad, autoridades del gobierno distrital y la Policía Nacional deben realizar los operativos de rigor en todo el Distrito y procederán a aplicar las medidas correctivas de su competencia.
Información obtenida de El Universal.